

Esta decisión garantiza el acceso pleno y sin restricciones a quienes acreditan su condición, junto a sus acompañantes si es necesario, marcando un avance significativo en la inclusión y accesibilidad en la provincia.
La medida, aprobada en la sesión del jueves 24 de julio, rectifica el artículo 24, inciso 5, de la Ley I Nº 296. Dicho artículo, debido a una redacción imprecisa, establecía un límite de solo dos personas con discapacidad por colectivo, vulnerando derechos fundamentales. La modificación busca subsanar este "error de técnica legislativa" y garantizar la gratuidad del servicio para todas las personas con discapacidad debidamente acreditadas.
Esta iniciativa, impulsada por el Ministerio de Gobierno del Chubut como parte del Plan de Movilidad Inclusiva , se alinea con las políticas del gobernador Ignacio "Nacho" Torres de construir un Estado más accesible. La adecuación de la ley responde también a la lógica del transporte de corta y media distancia, donde no existen reservas ni asientos numerados, facilitando el flujo constante de usuarios con discapacidad.
El ministro de Gobierno de Chubut, Victoriano Eraso Parodi , recibió la aprobación, destacando que la interpretación anterior era ambigua y perjudicaba a los que debía proteger. "Hoy avanzamos en una norma más clara, justa y operativa para garantizar derechos y no limitarlos", afirmó. Con esta modificación, el Gobierno de Chubut reafirma su compromiso con una política pública centrada en las personas, eliminando trabajos para una movilidad realmente accesible.