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En la provincia con uno de los peores índices de embarazo adolescente, Leandro Zdero vetó la ley que apuntaba a reducirlos

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Con el apoyo de sectores antiderechos, el gobernador del Chaco, Leandro Zdero, vetó totalmente la ley que creó el Plan Provincial de Reducción y Prevención de Embarazo No Intencional en la Adolescencia, conocido como Plan ENIA. El veto se da en medio de un panorama grave: Chaco se ubica en tercer lugar entre las provincias que presentan mayores tasas de fecundidad adolescente temprana y una de las jurisdicciones con mayor porcentaje de niñas y adolescentes menores de 20 años que tuvieron dos o tres partos.

En sintonía con el reclamo de sectores antiderechos, el gobernador del Chaco, Leandro Zdero, vetó totalmente la ley que creó el Plan Provincial de Reducción y Prevención de Embarazo No Intencional en la Adolescencia, que buscaba reemplazar al Plan Nacional ENIA, desfinanciado por Javier Milei. Dicha medida se da en una de las provincias con los peores indicadores de embarazo adolescente del país.

En 2018, Chaco adhirió al Plan Nacional de Prevención y Reducción del Embarazo no Intencional en la Adolescencia (ENIA). El mismo se implementó durante seis años con muy buenos resultados. A través de la capacitación en Educación Sexual Integral, Consejerías y Asesorías, se logró no sólo la reducción en un 50% del embarazo en la adolescencia, sino que también muchos adolescentes reconocieran haber sido víctimas de alguna situación de violencia sexual durante su vida. El plan se desarrolló con normalidad hasta la llegada del gobierno libertario que, a fines de marzo, decidió desfinanciarlo.

Para posibilitar su continuidad en la provincia, los diputados Pía Chiacchio Cavana, Tere Cubells y Santiago Pérez Pons presentaron el proyecto de ley mediante el cual se pretendía implementar un Plan ENIA local financiado con fondos provinciales, con el objetivo de garantizar los derechos sexuales, reproductivos y no reproductivos de los adolescentes del Chaco. El proyecto fue sancionado el 23 de octubre pasado, con 20 votos afirmativos.

¿Qué dice la ley aprobada? Establece el acceso gratuito para los adolescentes de la provincia a métodos anticonceptivos, a educación sexual integral, a las asesorías en establecimientos educativos secundarios, a las consejerías en salud sexual y reproductiva en los Centros de Atención Primaria de la Salud, asesorías móviles y actividades de promoción comunitaria.

Entre los objetivos de la normativa, se encuentran los de sensibilizar a la población en general y a los adolescentes en particular sobre la importancia de prevenir y disminuir el embarazo no intencional en la adolescencia; incorporar a los centros de estudiantes en todo lo que respecta a la información del Plan ENIA; mejorar la oferta de servicios de salud sexual y reproductiva en relación con la disponibilidad, accesibilidad, calidad y aceptabilidad de las prestaciones; potenciar las decisiones informadas de los adolescentes para el ejercicio de sus derechos sexuales y reproductivos y fortalecer las políticas públicas para la prevención del abuso y la violencia sexual.

Esta normativa, vale mencionar, se da en una de las provincias con peores indicadores de embarazo adolescente del país. De acuerdo a datos del Ministerio de Salud del Chaco, en 2021, mientras que a nivel nacional el 9,5% de 529.794 nacimientos correspondió a adolescentes menores de 20 años, en el Chaco 2786 niños y niñas nacieron de adolescentes menores de 20 años representando el 15 % de los nacimientos: casi 5 puntos porcentuales por encima de la media del país.

De ellos, 3.920 nacieron de adolescentes entre 15 y 19 años, y 130, de menores de 15 años. Similar comportamiento presenta la tasa de fecundidad en las adolescentes menores de 15 años.

Asimismo, según datos de 2020, la provincia se ubica en tercer lugar entre las que presentan mayores tasas de fecundidad adolescente temprana, con 3.7 nacimientos por cada 1.000 adolescentes mujeres de 10 a 14 años.

Chaco también destaca por ser una de las jurisdicciones con mayor porcentaje de niñas y adolescentes menores de 20 años que tuvieron dos o tres partos. En las maternidades de Resistencia, Villa Ángela, Las Breñas, Sáenz Peña y Castelli, 1 de cada 4 adolescentes menores de 20 años (25,6%) que tuvo un parto en 2019, se encontraba en esa situación.

Entre los factores que intervienen en la ocurrencia de embarazos no intencionales, para las adolescentes que inician o mantienen relaciones sexuales, se destaca la no utilización de métodos anticonceptivos (MAC) o su uso irregular o inconsistente; más frecuentemente de anticonceptivos hormonales orales (ACO) y preservativo masculino y a los factores de violencia que se mencionaron previamente.

La evidencia indica, además, que para una proporción importante de adolescentes en situación de pobreza -que son mayoría entre las adolescentes que han tenido partos-, la maternidad aparece como un pasaje a la vida adulta, y a una posición social de mayor reconocimiento considerando el mandato social de la maternidad como destino de la mujer, en detrimento del desempeño de otros roles, según se explica en el informe Ruta de acción: atención de niñas y adolescentes embarazadas menores de 15 años, elaborado en 2022 por Unicef y el Ministerio de Salud del Chaco.

Antiderechos
Varios gritos en el cielo fueron los que pegaron los sectores antiderechos más reaccionarios del Chaco tras enterarse de la sanción de la ley. Los más visibles fueron los agrupados en el Movimiento Unidos por la Vida y la Familia, una organización que congrega a activistas locales conocidos por sus posturas en contra de la legalización del aborto, de la aplicación de la Educación Sexual Integral y del matrimonio igualitario.

A través de un comunicado de prensa, solicitaron al gobernador que vete la ley bajo una serie de argumentos: “1) ESI y asesorías en escuelas, centros de salud y organizaciones barriales sobre salud sexual (anticoncepción, aborto y ‘transición de género’); 2) Colocación de anticonceptivos de larga duración y administración de hormonas para desarrollar características del sexo opuesto, y 3) Facilitación del aborto en menores”, señalaron.

En contra de los datos objetivos, este grupo considera que el Plan Nacional ENIA fue “un fracaso evidente” porque “ha incrementado el número de abortos en adolescentes, en lugar de bajarlos como es su objetivo”.

Además, indicaron que, de implementarse la ley provincial, “se transformará en un instrumento que se usará para adoctrinar, para impartir a los adolescentes las ideologías relacionadas con el cambio de género, y para facilitar los abortos en las adolescentes”.

“Y en lugar de prevenir los embarazos en ese grupo etario, esta norma legal, fomentará las relaciones sexuales a temprana edad; facilitará mediante la hormonización el cambio de género y finalmente incentivará la práctica de abortos; sin advertir de las graves e irreversibles consecuencias de dichas conductas, y que en muchos casos ha llevado al suicidio, siendo éste, la segunda causa de muerte en nuestro país”, indicaron desde la organización que lidera la exdiputada radical y exinterventora del Instituto de Agricultura Familiar y Economía Popular en la actual gestión, Clelia Ávila.

Veto
A pesar del delicado cuadro de situación en relación a los embarazos adolescentes, en contra de toda recomendación de profesionales abocados al tema y desoyendo informes oficiales que constataron la eficacia del plan ENIA, el gobernador Zdero decidió vetar de manera total la normativa.

Mediante la nota 72, que ingresó en la Legislatura provincial el 13 de noviembre último, el primer mandatario sostuvo en primer lugar que la ley sancionada contiene acciones que ya están previstas en la Educación Sexual Integral (ESI) que se aplica en las escuelas del Chaco.

Aunque en la práctica esto no sea así, debido a que en los establecimientos escolares chaqueños la ESI se da a cuenta gotas y de manera en extremo superficial, Zdero aseguró que “el Ministerio (de Educación) propicia a diario la incorporación de la ESI en forma transversal, en contenidos que aporten al conocimiento sobre el cuerpo, emociones, las relaciones interpersonales, la identidad, el respeto hacia los estudiantes y los demás (…) Estas acciones son programáticas”.

Por otra parte, hizo observaciones en cuanto al artículo 5 de la normativa sancionada. ¿Qué dice el articulado en cuestión? Sostiene textual: “El Plan ENIA incluirá a los y las adolescentes que cumplieron 13 años hasta su mayoría de edad. En tal sentido, se presume que los adolescentes entre 13 y 16 años tienen aptitud para decidir por sí mismos respecto de aquellos tratamientos que no resultan invasivos, ni comprometen su estado de salud o provocan un riesgo grave en su vida o integridad física, mientras que a partir de los 16 años los adolescentes son considerados como un adulto para las decisiones atenientes al cuidado de su propio cuerpo, de conformidad a lo establecido por el Código Civil y Comercial de la Nación”.

En su veto, Zdero “no comparte” lo indicado en este artículo “en lo relativo a establecer la presunción y percepción del adolescente como adulto responsable, entendiendo que el término ‘adolescente’ incluye una etapa o período de transición entre la niñez y la adultez. Período que comprende importantes cambios físicos, emocionales, psicológicos y sociales como así también procesos de búsqueda de identidad”.

Finalmente, el gobernador echa mano a la vieja confiable: no hay plata. Para esto, tomó como fundamento el dictamen elaborado por la Subsecretaría de Hacienda del Chaco el cual argumentó que las erogaciones previstas para implementar la normativa sancionada no están contempladas en el Presupuesto General de la Provincia ni tampoco se generaron recursos específicos para su financiamiento. Así se concluyó que “debido al principio de razonabilidad fiscal y sostenimiento de las finanzas públicas, es opinión de esta subsecretaría que la ley traída a estudio debería ser rechazada”.

¿Qué pasará ahora? El veto deberá ser tratado en los próximos días en el recinto de la Cámara de Diputados chaqueña. Para sostener la sanción, es decir para ratificar la ley, se necesitará el voto afirmativo de los dos tercios de los legisladores presentes. De lo contrario, la norma será vetada.

 

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