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Cuánto dinero se puede transferir por una billetera virtual sin tener problemas con la AFIP en septiembre

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La AFIP anunció que investigará a los usuarios de billeteras digitales que realicen transferencias o realicen consumos que superen los $400.000, a partir de septiembre. A su vez, los saldos mensuales no deberá exceder los $700.000 si se desea que el organismo no lo detecte.

Según detallaron desde la entidad de recaudación, la medida también afecta a bancos y otras entidades financieras, y forma parte de un plan de actualización de regímenes de información sobre las operaciones realizadas en el sistema financiero.

Cambia el monto que se puede ingresar y transferir desde las billeteras virtuales. (Foto: Adobe Stock)
Cambia el monto que se puede ingresar y transferir desde las billeteras virtuales. (Foto: Adobe Stock)

A través de la actualización de la Resolución General N° 4298, la AFIP elevó, a partir de septiembre, los importes a partir de los cuales las entidades financieras y las plataformas de gestión electrónica o digital deben informar todas las transacciones, saldos y consumos de las cuentas que gestionan.

También, indicaron que estos montos se irán actualizando automáticamente cada seis meses, de acuerdo a las variaciones del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC), para asegurar que los límites continúen siendo relevantes y que las entidades financieras y las billeteras virtuales mantengan una adecuada vigilancia sobre las transacciones que realizan sus usuarios.

Una de las razones principales por la que se aplicará esta nueva medida es para asegurar que el origen del dinero que circula a través de las billeteras digitales y las cuentas bancarias sea lícito. De esta forma, si se supera el límite establecido, la AFIP investigará la situación fiscal de los contribuyentes.

Cómo será el proceso de investigación que llevará adelante la AFIP

  • El organismo llevará adelante un proceso para determinar los orígenes del dinero que se transfirió o gastó;
  • En caso de encontrar movimientos sospechosos, el cliente deberá presentar la documentación (recibos de sueldo, comprobantes de haberes jubilatorios, facturas emitidas en los últimos seis meses) que respalde la legalidad de los fondos;
  • En caso de no poder justificar dichos ingresos o egresos, la AFIP podrá tomar medidas severas, como cerrar la cuenta del usuario y generar un Reporte de Operación Sospechosa (ROS).

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