La reforma laboral contenida en la Ley Bases de Javier Milei se perfila como uno de los cambios legislativos más significativos en el país. Tras intensos debates y negociaciones políticas, este proyecto propone una serie de modificaciones en la legislación del trabajo que podrían tener un impacto considerable en el mercado laboral.
Entre los cambios más importantes, se extiende el período de prueba de tres hasta seis meses, se eliminan multas por trabajo no registrado y se crea un fondo de cese laboral para indemnizaciones que será opcional por convenio colectivo. También se incluye la posibilidad de que las empresas contraten un seguro para ese fin.
Texto completo del “Título V: Modernización laboral” de la Ley Bases
¿Cómo quedó la reforma laboral tras la aprobación de la Ley Bases en el Senado?
Este miércoles se aprobó la Ley Bases y el apartado de la reforma laboral. A continuación, se presentan los puntos más destacados de las reformas que incluyen modificaciones a la Ley de Contrato de Trabajo, la Ley de Empleo y ajustes en el régimen agrario:
- Régimen simplificado de registración laboral: se implementa un sistema simplificado con un aporte único para empresas con hasta 12 empleados. Además, se introduce un sistema de condonación de multas por trabajador no registrado.
- Extensión del período de prueba: el período de prueba se extiende de tres a seis meses, con la posibilidad de ampliarlo a ocho meses para pymes que empleen entre seis y cien trabajadores, y hasta un año para empresas con menos de cinco empleados.
- Fondo de cese laboral: se crea un fondo alternativo a las indemnizaciones tradicionales por despido, que puede establecerse mediante convenios colectivos de trabajo y financiarse con aportes mensuales de los empleadores. Este aporte, que no puede superar el 8% del salario, será exclusivamente a cargo del empleador y se utilizará para constituir el fondo de cese laboral. La Secretaría de Trabajo será responsable de reglamentar el proceso administrativo.
- Trabajadores independientes: se introduce la figura del trabajador “colaborador”, reduciendo de cinco a tres el número de colaboradores que los trabajadores independientes pueden emplear sin que se considere una relación de dependencia.
- Agravamiento indemnizatorio por despido discriminatorio: se incrementa la indemnización en casos de despido por motivos discriminatorios, tales como raza, etnia, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, género, orientación sexual, posición económica, características físicas o discapacidad.
- Modificaciones en licencias por maternidad: se prohíbe el trabajo para mujeres o personas gestantes durante los 45 días anteriores y posteriores al parto, permitiendo reducir la licencia previa al parto a un mínimo de 10 días y acumular el resto del tiempo al período postparto.